Avanza proyecto para dotar a los órganos directivos de cooperativas y mutuales del cupo de género

Avanza proyecto para dotar a los órganos directivos de cooperativas y mutuales del cupo de género

En la Comisión de Asuntos Cooperativos de la Cámara de Diputados de la Nación que integra la diputada nacional Soledad Carrizo, se trataron y otorgaron dictamen favorable a tres proyectos de su autoría.

El primero de estos, por el que la Honorable Cámara de Diputados acompaña y expresa su beneplácito por la conmemoración del 100° aniversario de la fundación de la Sociedad Española de Socorros Mutuos de Deán Funes.

En este mismo orden, lograron también dictamen los proyectos de cupo de género en órganos de dirección en cooperativas y mutuales; alcanzado a partir de un extenso trabajo de revisión y unificación con otros proyectos sobre el tema. De esta manera, como parte del trabajo en comisión ambos dictámenes contemplan también el cupo de jóvenes entre 18 a 30 años en los órganos decisorios de las entidades de la economía social.

Esto forma parte de una labor legislativa iniciado en el año 2015 con los primeros proyectos de cupo de género en cooperativas y mutuales que la diputada presentó, y que fueron transitando por etapas de revisión, acuerdos y reformulación que llevó en el año 2016 a la media sanción de la ley de cupo en cooperativas de autoría de la diputada carrizo.

Los dictámenes aprobados en la comisión establecen un cupo mínimo del 30% de representación femenina dentro de los órganos de representación y al menos la presencia de un joven entre 18 y 30 años. A su vez dentro de la asamblea de delegados se busca en  proporcionalidad, un reflejo real del universo de asociados.

En ambos casos, tanto cooperativa como mutuales, se ha replicando la idea de la representación femenina en los órganos de dirección con un mínimo del 30% (treinta por ciento), y al menos 1 (un) miembro integrante comprendiendo entre los 18 y los 30 años de edad. Pero estableciendo también un extenso catálogo de excepciones que dejan a salvo los casos de impedimento parcial (cuando el número de mujeres asociadas impida cumplir con el porcentual será suficiente la participación de 1 (una) mujer) o total, ante la cuya imposibilidad las entidades deben informar a la autoridad de aplicación quien resolverá fundadamente.

Se encuentran exceptuadas de cumplir con este régimen tanto las cooperativas como las mutuales integradas por asociados de un sólo género o asociados mayores a 30 años exclusivamente, las cooperativas de grado superior, y aquellas integradas por personas jurídicas exclusivamente. En todos estos casos deben establecer Comités de Equidad de Género y Comités Juveniles para la promoción y la representación de género femenino y juventud entre sus asociados.

“Estas propuestas que hoy tratamos responden a un proceso de readecuación normativa, buscando actualizar leyes sancionadas hace más de 40 años y  buscando con ello impregnar al ordenamiento jurídico de demandas y reclamos actuales. Todos los proyectos aquí integrados surgen desde la necesidad de adoptar medidas de acciones positivas, reivindicatorias de grupos minoritarios que resultan excluidos de los procesos decisionales; y se enmarcan en coherencia con un proceso de reivindicación global e internacional de la mujer y los jóvenes en la economía solidaria, respondiendo a recomendaciones emitidas por la misma  Alianza Cooperativa Internacional (ACI) y la Organización Internacional del Trabajo (OIT)”, expresó la diputada nacional.

Scroll al inicio