La diputada nacional por Córdoba, Soledad Carrizo, re presentó nuevamente su proyecto sobre seguridad vial para los ciclistas. La iniciativa solicita la modificación del artículo 9 de la Ley de Tránsito Nº 24.449, para que la misma incluya la educación vial en los niveles de enseñanza preescolar, primario y secundario; la enseñanza técnica, terciaria y universitaria, con orientaciones o especialidades que capaciten para servir los distintos fines de la ley.
Además solicita la difusión y aplicación permanente de medidas y formas de prevenir accidentes; la afectación de predios especialmente acondicionados para la enseñanza y práctica de la conducción de todo tipo de vehículos, incluidos aquellos propulsados por el conductor y la prohibición de publicidad laudatoria, en todas sus formas, de conductas contrarias a los fines de esta ley.
El proyecto también establece en las modificaciones propuestas, que las autoridades de tránsito realicen periódicamente amplias campañas informando sobre las reglas de circulación en la vía pública, y los derechos y las obligaciones de los conductores de rodados de todo tipo y de los peatones.
Por otra parte, también se solicita la modificación del artículo 42 de la Ley de Tránsito Nº 24.449,
Puntualmente acerca del adelantamiento a otro vehículo, el cual debe hacerse por la izquierda conforme las siguientes reglas:
- El que sobrepase debe constatar previamente que a su izquierda la vía esté libre en una distancia suficiente para evitar todo riesgo, y que ningún conductor que le sigue lo esté a su vez sobrepasando. Cuando el adelantamiento sea a un ciclista la distancia adyacente mínima de seguridad que deberá respetar será de 1,50mts, y en el caso de un grupo de ciclistas transitando en fila las maniobras de sobrepaso deben efectuarse con disminución de velocidad y precaución necesaria hasta adelantar el ultimo ciclista.
- Debe tener la visibilidad suficiente y no iniciar la maniobra si se aproxima a una encrucijada, curva, puente, cima de la vía o lugar peligroso.
- Debe advertir al que le precede su intención de sobrepasarlo por medio de destellos de las luces frontales o la bocina en zona rural. En todos los casos, debe utilizar el indicador de giro izquierdo hasta concluir su desplazamiento lateral.
- Debe efectuarse el sobrepaso rápidamente de forma tal de retomar su lugar a la derecha, sin interferir la marcha del vehículo sobrepasado; esta última acción debe realizarse con el indicador de giro derecho en funcionamiento.
- El vehículo que ha de ser sobrepasado deberá, una vez advertida la intención de sobrepaso, tomar las medidas necesarias para posibilitarlo, circular por la derecha de la calzada y mantenerse, y eventualmente reducir su velocidad.
- Para indicar a los vehículos posteriores la inconveniencia de adelantarse, se pondrá la luz de giro izquierda, ante la cual los mismos se abstendrán del sobrepaso.
- Los camiones y maquinaria especial facilitarán el adelantamiento en caminos angostos, corriéndose a la banquina periódicamente.
- Excepcionalmente se puede adelantar por la derecha cuando el anterior ha indicado su intención de girar o de detenerse a su izquierda y cuando en un embotellamiento la fila de la izquierda no avanza o es más lenta.
La propuesta también pide modificar artículo 43 de la Ley de Tránsito Nº 24.449, en lo que respecta a los giros y rotondas. En este sentido se establece que para realizar un giro debe respetarse la señalización, y observar las siguientes reglas:
- Advertir la maniobra con suficiente antelación, mediante la señal luminosa correspondiente o manual en el caso de ciclistas, que se mantendrá hasta la salida de la encrucijada.
- Circular desde treinta metros antes por el costado más próximo al giro a efectuar.
- Reducir la velocidad paulatinamente, girando a una marcha moderada.
- Reforzar con la señal manual cuando el giro se realice para ingresar en una vía de poca importancia o en un predio frentista.
- Si se trata de una rotonda, la circulación a su alrededor será ininterrumpida sin detenciones y dejando la zona central no transitable de la misma, a la izquierda. Tiene prioridad de paso el que circula por ella sobre el que intenta ingresar debiendo cederla al que egresa, salvo señalización en contrario. En el caso de varios ciclistas ingresando o egresando en fila, serán considerados como un único vehículo, teniendo prioridad de paso.
Finalmente respecto de las ciclovías, el proyecto establece que las autoridades competentes promuevan la planificación y construcción de una red de ciclovías o sendas especiales para la circulación de bicicletas y similares cuyos conductores estarán obligados a utilizarlas. En la vía pública, caminos, carriles y vías donde la circulación de bicicletas y similares no está expresamente prohibida se dispondrá la instalación de carteles de señalización de sobrepaso seguro de bicicletas, y advertencia para la prevención de accidentes de ciclistas.
PROYECTO-DE-LEY-CICLISTASDescarga
Firmá la petición para que sea Ley Nacional 1.5 mts. el adelantamiento a ciclistas
Autora del Proyecto:
Dip. Nac. M. Soledad Carrizo
Acompañan con su firma:
Dip. Nac. Ximena García – Dip. Nac. Mario Negri – Dip. Nac. Juan Martin – Dip. Nac. Hugo Romero – Dip. Nac. José Riccardo – Dip. Nac. Gonzalo Del Cerro – Dip. Nac. Gustavo Menna – Dip. Nac. Atilio Benedetti – Dip. Nac. Mario Arce – Dip. Nac. Lorena Matzen – Dip. Nac. Camila Crescimbeni – Dip. Nac. Hernan Berisso – Dip. Nac. Alfredo Schiavoni – Dip. Nac. Miguel Nanni