El viernes 15 de marzo la Sala II de la Cámara Federal de la Seguridad Social declaró la inconstitucionalidad e inconvencionalidad de la Resolución N° 268/2018; y del Decreto N° 432/97 (artículo 1° incisos “b” segundo párrafo, “f”, “g” y artículo 5°, inciso “a”, primer párrafo) reglamentario para el otorgamiento de pensiones a la vejez y por invalidez.
En este sentido, la diputada nacional por Córdoba, Soledad Carrizo, afirmó que esta decisión, “viene a fortalecer una extensa labor que inicié años atrás con los proyectos mediante los cuales solicitaba la modificación del decreto 432/97 para el otorgamiento de pensiones; buscando lograr la readecuación de sus criterios de otorgamiento en conformidad con la Convención de los Personas con Discapacidad y la Convención Interamericana sobre los Derechos de Adultos Mayores”.
“En aquel momento, y hoy nuevamente”, agregó Carrizo, “ponemos en resalto la necesidad de una mayor accesibilidad del universo de sujetos afectados; llevando adelante un proceso de extensión de derechos para sujetos vulnerable que los distintos tratados internacionales suscriptos por nuestro país obligan a proteger. El decreto 432/97 de 1997 que define los requisitos para el acceso a pensiones por vejez e invalidez resulta deficiente y restrictivo, manifestando una contraposición con los compromisos internacionales para la protección de las personas con discapacidad y vejez, redundando en una restricción para el acceso a potenciales beneficiarios, y aumentando consecuentemente el desamparo”.
“Son dos miradas hacia un mismo horizonte. En 2017 comenzamos nuestra labor en el Congreso en este sentido y hoy la justicia lo fortalece con la idea de generar una protección integral de los beneficiarios del régimen de pensiones por discapacidad”, finalizó la legisladora cordobesa.
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