El poder judicial acompaña el reclamo que realice para alcanzar un moderno modelo social de discapacidad

El viernes 15 de marzo la Sala II de la Cámara Federal de la Seguridad Social declaró la inconstitucionalidad e inconvencionalidad de la Resolución N° 268/2018; y del Decreto N° 432/97 (artículo 1° incisos “b” segundo párrafo, “f”, “g” y artículo 5°, inciso “a”, primer párrafo) reglamentario para el otorgamiento de pensiones a la vejez y por invalidez.

En este sentido, la diputada nacional por Córdoba, Soledad Carrizo, afirmó que esta decisión, “viene a fortalecer una extensa labor que inicié años atrás con los proyectos mediante los cuales solicitaba la modificación del decreto 432/97 para el otorgamiento de pensiones; buscando lograr la readecuación de sus criterios de otorgamiento en conformidad con la Convención de los Personas con Discapacidad y la Convención Interamericana sobre los Derechos de Adultos Mayores”.

“En aquel momento, y hoy nuevamente”, agregó Carrizo, “ponemos en resalto la necesidad de una mayor accesibilidad del universo de sujetos afectados; llevando adelante un proceso de extensión de derechos para sujetos vulnerable que los distintos tratados internacionales suscriptos por nuestro país obligan a proteger. El decreto 432/97 de 1997 que define los requisitos para el acceso a pensiones por vejez e invalidez resulta deficiente y restrictivo, manifestando una contraposición con los compromisos internacionales para la protección de las personas con discapacidad y vejez, redundando en una restricción para el acceso a potenciales beneficiarios, y aumentando consecuentemente el desamparo”.

“Son dos miradas hacia un mismo horizonte. En 2017 comenzamos nuestra labor en el Congreso en este sentido y hoy la justicia lo fortalece con la idea de generar una protección integral de los beneficiarios del régimen de pensiones por discapacidad”, finalizó la legisladora cordobesa.

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